¿Estás agobiad@ y no sabes cómo hacer frente al pago de impuestos? Octubre es un mes complicado en cuanto a la carga fiscal del mismo, pues además de las declaraciones periódicas de retenciones e IVA, se une el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.
Ante estos períodos son muchas las empresas que se ven avocadas a buscar posibles opciones de financiación para poder hacer frente a sus obligaciones tributarias. Con el objetivo de facilitar el pago de impuestos, la Administración Tributaria permite la posibilidad de solicitar aplazamientos de deudas tributarias, retrasando el pago cuando existen dificultades transitorias en la tesorería de la entidad o empresario.
Procedimiento para solicitar el aplazamiento
La solicitud de aplazamiento la pueden realizar el propio contribuyente, un apoderado o el colaborador social a través de la página de AEAT, cumplimentando los siguientes datos:
- Datos identificativos del contribuyente y presentante, si es distinto del primero.
- Concepto tributario y período.
- Importe de la deuda a aplazar.
- Tipo de cuota (mensual, bimensual, semestral, anual..) e indicar primera cuota de vencimiento.
- Exposición de motivos que justifiquen la causa de solicitud de aplazamiento (déficit de tesorería).
- Documentos y justificantes que se consideren oportunos.
Plazos e importes máximos de solicitud de aplazamientos
La Administración estudiará la propuesta de la solicitud realizada, pero los plazos máximos, se indican a continuación:
- Hasta 12 meses para las personas jurídicas en los supuestos de dispensa total o parcial.
- Hasta 24 meses para las personas físicas. Para persona jurídicas se deben aportar garantías.
- Hasta 36 meses si se aportan garantías de bienes inmuebles urbanos que estén libres de cargas.
- Hasta 60 meses, aportando seguro de caución o aval bancario.
- Se ha ampliado el importe máximo a conceder hasta 50.000 euros sin aportar garantías. Si se excede de dicho importe, la Administración exigirá garantías.
- No se puede exceder el total acumulado en deudas totales de 50.000 euros.
Tipo de intereses que se aplican al aplazamiento de deudas tributarias
Se están aplicando los tipos de intereses de demora y legal del ejercicio 2023. Así, para el interés legal se aplica el 3,25% y el de demora el 4,0625%.
Existe una calculadora de intereses y aplazamientos en la plataforma de AEAT, que permite conocer el montante total de intereses en función de la periodicidad de pago elegida y el importe solicitado. Lo que permite tener una idea aproximada del coste que le supondría a tu negocio. Además, te permite hacer pruebas en función de las opciones previstas y obtener un fichero en Excel para el control interno de tu negocio. ¡¡Pincha aquí!!
A continuación, se indican las ventajas y desventajas que puede suponer el aplazamiento de las deudas en Hacienda:
En definitiva, con estas medidas y posibilidad de aplazamientos se les facilita a los contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Johana Estévez
Socia Profesional laGestoria.NET